Ningún juez quiere ocuparse de las fosas. Tampoco de la que
puede alojar los restos del poeta Federico García Lorca.
Valme
Cortés / Natalia Junquera - elpais.com
El juzgado de instrucción número tres de Granada dictó ayer
un auto por el que archiva las diligencias que inició sobre la apertura de la
fosa de Alfacar donde se cree puede yacer Lorca. Rechaza investigar “un
presunto delito de múltiples detenciones ilegales de personas de cuyo paradero
no se ha dado cuenta”, porque considera que ha prescrito y rechaza también
abrir la fosa porque asegura que son las Administraciones públicas, no la
justicia, quienes han de hacerlo. La resolución no es firme y cabe recurso.
"Nunca hubo
enterramientos"
La juez Aurora María Fernández García ya devolvió en julio
de 2009 al juzgado de instrucción número cinco de la Audiencia Nacional la
parte de la causa que le había remitido el juez Baltasar Garzón cuando se
inhibió en la causa abierta contra el franquismo en favor de los juzgados
territoriales donde se encontraban las fosas comunes, en este caso la de Lorca.
La juez argumentó entonces que se trataba de “crímenes de lesa humanidad” y que
por tanto no era asunto de su competencia, sino de la Audiencia Nacional.
Esa devolución y otra que hizo, por idénticos motivos, el
juzgado de El Escorial que recibió la parte de la causa correspondiente al
Valle de los Caídos —donde varias familias de republicanos allí enterrados
habían pedido exhumar los restos— provocaron una cuestión de competencia que
debía resolver el Tribunal Supremo. El alto tribunal tardó casi tres años en
hacerlo. Lo hizo finalmente en marzo de este año después de haber sentado en el
banquillo al juez Baltasar Garzón, acusado de prevaricación precisamente por
haberse declarado competente para investigar los crímenes del franquismo y al
que finalmente absolvió.
Según el auto, los delitos han prescrito o fueron
amnistiados
La juez Fernández basa ahora su decisión en ese fallo del
Supremo centrado en la competencia sobre las fosas, del pasado marzo. En esa
resolución el Supremo excluyó la posibilidad de enjuiciamiento penal de los
autores de esos crímenes: “Esa clase de legítimas pretensiones no podrá
canalizarse hacia el proceso penal ni llegar a concretarse en declaraciones de
responsabilidad por delito”, rezaba el fallo, porque, según el Supremo, el
delito de detención ilegal permanente desapareció del Código Penal en 1932 y no
se reincorporó hasta 1944, por lo que no estuvo vigente durante la mayor parte
del tiempo en que tuvieron lugar los fusilamientos y desapariciones de víctimas
del franquismo. Y porque, aunque podría decirse que los familiares de los
asesinados no tuvieron oportunidad de perseguir esos delitos durante la
dictadura, estarían prescritos por el transcurso de más de 20 años desde la
entrada en vigor de la Constitución y en cualquier caso, la ley de amnistía de
1977 forma parte del ordenamiento vigente.
La magistrada afirma que es la Administración la competente
El Supremo dio hasta tres razones para excluir el
enjuiciamiento penal de los crímenes del franquismo. No obstante, dejaba la
apertura de las fosas al criterio de los jueces locales, como la magistrada de
Granada, al añadir, en ese mismo fallo que podía “instarse al juez de instrucción
competente la práctica de las diligencias dirigidas a datar aquellas acciones
criminales y, si fuera necesario, a la identificación de los afectados”. Es
decir, abrir fosas y ponerle nombre a los restos.
Todo este embrollo jurídico de causas que van, vuelven y se
devuelven se resume, en la práctica, en una evidencia: los jueces no quieren
encargarse de las fosas del franquismo —como sí hacen los jueces argentinos con
las víctimas de la dictadura—, y menos aún, después de ver al único juez que quiso
hacerlo sentado en un banquillo por ello. Desde que el Supremo dictó ese fallo,
la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica ha presentado
denuncias en los juzgados territoriales cada vez que al abrir una fosa se han
encontrado restos humanos con signos inequívocos de una muerte violenta —como
cráneos con agujeros de bala y los respectivos casquillos—, pero ningún juez se
ha acercado nunca a la exhumación a “datar” o “identificar” esos restos, tal y
como indicaba el Supremo. Para el exmagistrado de ese tribunal José Antonio
Martín Pallín, esos jueces “están prevaricando”.
Así pues, la única vía para los familiares de las víctimas,
incluidos los de los dos banderilleros y un maestro que fueron asesinados y
enterrados junto a Federico García Lorca, es la administrativa. Que en este
caso, la Junta de Andalucía —que gastó sin éxito en 2009 más de 70.000 euros en
buscar al poeta en el parque de Alfacar (Granada)— decida invertir en la
búsqueda del poeta en la otra ubicación que se planteó a Garzón: el paraje de
El Caracolar, a solo 430 metros.
19 SEP 2012
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